FUNCIONARIOS: MESA SECTORIAL FUNCION PUBLICA 20 MARZO 2023
El lunes 20 de marzo se ha celebrado reunión de la Mesa Sectorial de Función Pública con los siguientes puntos del orden del día:
· Modificación parcial de la estructura orgánica y de la relación de puestos de trabajo de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria.
· Modificación parcial de la estructura orgánica y de la relación de puestos de trabajo del organismo autónomo Servicio Cántabro de Empleo.
MODIFICACIÓN ACAT
Desde SIEP hemos transmitido que compartiendo la necesidad de abordar una modificación de estructuras en la ACAT, no podemos asumir en primer lugar el cuestionamiento de la profesionalidad de los empleados públicos. La ACAT ha creado su estructura, con una carencia clara de personal, el personal ha tenido que asumir las funciones de la mejor manera posible y gracias al trabajo y el esfuerzo han ido sacando adelante lo que han podido, porque ni los responsables tenían tiempo suficiente para analizar situaciones, ni trabajadores suficientes para sacar adelante el volumen de expedientes, pero que se diga textualmente “La citada falta de cualificación profesional produce graves disfunciones en el trabajo diario de instrucción de los expedientes administrativos de apremio y en la resolución de los procedimientos de oficio o a instancia que aquel genera, pese a los continuos esfuerzos de control y coordinación y la organización de cursos o jornadas de formación realizados con tal fin”.
Además a lo largo de la justificación permanentemente se viene cuestionando a los profesionales que actualmente desarrollan su trabajo, especialmente en el servicio de recaudación. Hemos pedido que se retire esta justificación y se pida disculpas al personal que está realmente sorprendido del trato que se les da en esta memoria.
FICHAS DE PUESTOS DE TRABAJO
Desde hace varias legislaturas se ha venido reivindicando los problemas que generan las fichas de puestos de trabajo, pidiendo que se elaboren nuevas fichas, que en las mismas se recoja funciones con carácter general, eliminando el término, en este caso ACAT.
En las dos últimas legislaturas se iba a abordar. En la anterior se creó la mesa técnica para trabajar las fichas de puestos de trabajo, terminó la legislatura y nada concluyó, en esta legislatura se ha contratado a una empresa, se han visto las dificultades que ocasiona el no disponer de unas fichas que realmente recojan las funciones, pero no con apellidos, sino generales, termina la legislatura y sobre todo el mes de marzo y no hay ningún tipo de negociación ni documentación.
Pedimos a la Dirección de la ACAT que retire las fichas de puestos de trabajo presentadas y las elabore con criterios generales que nadie cuestiona que se realicen dentro del ámbito donde se encuentra el puesto de trabajo.
Se modifican las fichas de los puestos de valoración. Se nos traslado por parte de los funcionarios que junto con su jefe de servicio tenían elaborada la ficha de puesto de trabajo, recogiendo las funciones que realmente hacían, dado que en la actual no se recogen, y han visto con sorpresa que nada tiene que ver la ficha presentada, con la elaborada en el servicio, con todas las funciones que realizan. Esta decisión consideramos tiene consecuencias. Si se elabora una nueva ficha de puesto de trabajo que no se ajusta a la realidad de las funciones, los profesionales dejarán de hacer funciones que se vienen haciendo. Pedimos que se revise con el responsable o colectivo afectado. Esta revisión consideramos también debiera ir acompañada de revisión de niveles.
Se nos contesta que debe ser un mal entendido y que se hablara con los funcionarios afectados a efectos de modificar la propuesta.
En relación a los CUERPOS
Comprobamos que se elimina de los puestos de trabajo el CTA, sin embargo se crea el puesto 11691 Responsable Unidad de Recaudación y el puesto 11701 Informador Tributario y en estos dos puestos se incluye el CTA, o es un error o se crean ad personan. Pedimos se aplique el mismo criterio en todos los puestos y si se elimina el CTA que se aplique en todos los puestos sin excepción.
APERTURA A OTRAS ADMINISTRACIONES
Podemos entender que se pueda tener algún puesto abiertos a otras administraciones y permitir así que funcionarios con experiencia accedan y que CANTABRIA se beneficie de sus conocimientos, sobre todo, porque en el Estado, los funcionarios cuando acceden pasan un proceso de formación que Cantabria no tiene y lo necesita, pero de ahí a que los puestos de nueva creación 11705, 11706, 11707 y el existente 9692 estén abiertos a otras administraciones es cuestionable y más cuando en alguno de ellos sus funciones están más relacionadas con la informática y en la Dirección General de Nuevas Tecnologías hay muchos profesionales con amplia experiencia, pedimos al menos que los puestos 11706 y 11707 se creen cerrados al Gobierno de Cantabria.
Se nos contesta que se valorará.
Igual situación se produce en los puestos 8537, 8538, 9684 de Subdirector General, dichos puestos estaban cerrados al Gobierno de Cantabria y ahora se abren a otras administraciones, incluso se recogen cuerpos inexistentes en Cantabria, claramente para ser ocupados por personal que previamente puede estar ya seleccionado.
Las consecuencias de ocupar puestos de subdirector con funcionarios de otras administraciones tiene consecuencias, dichos profesionales quedan integrados en la Comunidad Autónoma y son adscritos en sus ceses a puestos de Jefe de Servicio por lo tanto es la puerta de entrada para los puestos de máxima responsabilidad en nuestra administración, lo que origina un importante perjuicio a los funcionarios del Gobierno de Cantabria. Pedimos que no se modifiquen los puestos de subdirector y se mantengan cerrados al GC.
Otra cuestión es que se abra a otras administraciones algún puesto de los que denominan base del CSF, del A1, nivel 25, que no es tan base, recordándoles que los puestos base en el Gobierno de Cantabria del A1 tienen nivel 23, los singularizados con carácter general nivel 24 y en éste ámbito tienen un plus, nivel 25, por lo que se les reconoce unos niveles y retribuciones superiores, además un plus en la carrera profesionales por el nivel desde el que parten en los concursos.
NIVELES
Siguiendo el criterio aplicado en la modificación de RPT de la consejería de Economía, consideramos que en los puestos de valorador se debe aplicar nivel 26 ante la transcendencia técnica, jurídica, tributaria y recaudatoria que tiene tanto para el contribuyente como para las arcas regionales.
Respecto a los puestos de CTF, se le aplica nivel 22, consideramos que a dichos puestos y siguiendo el criterio aplicado en los puestos de CSF se le debe aplicar nivel 23, nivel que ya tienen puestos del grupo A2 en distintas consejerias. Desde esta organización sindical pretendemos la equiparación de retribuciones entre consejerías, terminando con los agravios que observamos.
MODIFICACIÓN ESTRUCTURAS SERVICIO CANTABRO DE EMPLEO
Con respecto a esta modificación de RPT entendemos que si bien es necesaria debido a los cambios normativos producidos a lo largo de los años desde la última modificación de estructuras de este Organismo Autónomo pero a su vez entendemos que se vuelve a perder una oportunidad de oro para la equiparación de puestos de trabajo en relación a otras consejerías y acabar con los agravios que se producen en determinados puestos de trabajo.
Con respecto a las fichas de puesto de trabajo volvemos a insistir no podemos compartir que se siga haciendo referencia al organismo, proponemos una vez más que la redacción de las funciones en las fichas de los puestos de trabajo se establezcan con criterios generales, en ningún caso incorporando el apellido del ámbito donde se desarrollan.
Un tema muy importante que nos preocupa en esta modificación de RPT es el agravio que se produce en el Servicio de Intermediación y Orientación Profesional. Nos encontramos con la creación de un Centro de Orientación, Emprendimiento e Innovación para el empleo en el que se crean 3 puestos de trabajo denominados “Técnico/a de Orientación e Innovación para el Empleo”, con la siguiente descripción: A1; nivel 24; especifico 15.524,46; Cuerpo Facultativo Superior; Titulación Académica :Licenciatura en Psicología / Licenciatura en Psicopedagogía / Licenciatura en Pedagogía, o equivalente. Vemos también como en su justificación se nos dice que requieren titulaciones específicas .
Este mismo criterio para la singularización de los puestos no se aplica para los puestos de trabajo de Técnico de Empleo Orientador a los que también se les requieren unas titulaciones y funciones especificas y se les mantinene el nivel 23 especifico 10598,84 y puesto no singularizado. Y en el mismo caso nos encontramos con los puestos de Técnico de Prospección de Empleo.
Proponemos se revierta esta propuesta y se modifiquen los puestos de trabajo de Técnico de Empleo orientador a la siguiente descripción: A1; nivel 24;especifico 15.524,46; Cuerpo Facultativo Superior; Titulación Académica:Licenciatura en Psicología / Licenciatura en Psicopedagogía / Licenciatura en Pedagogía, oequivalente; AF: 5 y 13; puesto singularizado
Lo mismo para los puestos Técnico de Prospección de A1; nivel 24;especifico 15.524,46; Cuerpo Facultativo Superior; TitulaciónAcadémica: Licenciatura en Administración y Dirección de Empresas / Licenciatura en Economía /Licenciatura en Psicología / Licenciatura en Geografía, o equivalente; AF: 5 y 12; puesto singularizado;
Entendemos que son puestos con unas titulaciones y unas funciones muy concretas que se corresponden con un perfil de puesto singularizado. Además del agravio que se produce tras la entrada en vigor del Decreto 5/2023, 9 de febrero que genera situaciones como que se incrementa el complemento al técnico superior-psicólogo 8126 oficina de empleo torrelavega , titulación específica psicología y al técnico de empleo orientador no. Mismo centro de trabajo, misma titulación y mismas funciones…
Desde la Dirección del SCE se ha trasladado que la singularización causaría problemas en este momento por la provisión de los puestos y se han comprometido a valorar la modificación de los puestos para poder aplicar el nuevo complemento especifico que se recoge en el Decreto 5/2023. En caso de que se apruebe este cambio en la propuesta lo tendrían que volver a traer a la mesa sectorial a suponer un aumento del coste de la RPT.
Cualquier cambio del que tengamos conocimiento os lo iremos trasladando.
También en el Servicio de Intermediación y Orientación Profesional nos encontramos con un agravio mantenido en el tiempo y es el del nivel de los puestos de los Subgestores de Empleo. En el reparto de los fondos adicionales de 2017 y 2018 se subieron los niveles de los agentes de agentes de información, en su momento pedimos que se aplicara el mismo criterio en todos aquellos ámbitos y puestos de trabajo de atención a los ciudadanos y propusimos que se aplicara especificamente a los Subgestores de Empleo del Servicio Cantabro de Empleo. Lo hemos vuelto a reiterar en los sucesivos repartos de fondos y ahora nos encontramos con una modificación de RPT del propio organismo y se vuelve a dejar tirado a este personal. Volvemos a pedir una vez más que se les reconozca un nivel 18 igual que al resto del personal con funciones de atención al ciudadano a los puestos 8176, 8177, 8178,8179,8180,8181 8182,8183, 8086,8067,8688,8689, 8090,8091, 8106,8107, 8108, 8109,8110, 8111, 8112, 8113 8136, 8137, 8138 8139, 8140, 8141, 8142 8143, 8144 y 8145 Subgestor de Empleo.
Otro tema que hemos trasladado no compartimos y con el que estamos absolutamente en contra es con la supresión de puestos de trabajo para la creación de otros de similares características cambiando la forma de provisión por la Libre Designación. Tras la negociación se retira la forma cobertura de estos puestos por LD.
RUEGOS Y PREGUNTAS
No se nos da información sobre fechas de exámenes de los procesos que quedan pendientes.
Con respecto a futuros concursos se nos traslada por Función Pública que próximamente se traerá alguno a la mesa sectorial.
Seguiremos informando.