APLICACIÓN REDUCCIÓN DE JORNADA
Buenos días,
Os queremos trasladar que hemos tenido conocimiento que en el SCS se está aplicando el porcentaje de reducción de jornada a los conceptos retributivos carrera/desarrollo profesional y antigüedad, existiendo jurisprudencia que determina que no es aplicable y se debe realizar una reclamación de cantidades.
En el caso de personal funcionario y estatutario se puede reclamar con carácter retroactivo hasta 4 años, desde la fecha en la que se interponga la reclamación de cantidades.
Cualquier duda poneros en contacto con la oficina 942 311205, 639189999, correo electrónico siepcantabria@gmail.com o a través de la página siepcantabria.org.
Un saludo
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