APLICACIÓN REDUCCIÓN DE JORNADA


Buenos días,

Os queremos trasladar que hemos tenido conocimiento que en el SCS se está aplicando el porcentaje de reducción de jornada a los conceptos retributivos carrera/desarrollo profesional y antigüedad, existiendo jurisprudencia que determina que no es aplicable y se debe realizar una reclamación de cantidades.

En el caso de personal funcionario y estatutario se puede reclamar con carácter retroactivo hasta 4 años, desde la fecha en la que se interponga la reclamación de cantidades.

Cualquier duda poneros en contacto con la oficina 942 311205, 639189999, correo electrónico siepcantabria@gmail.com o a través de la página siepcantabria.org.

Un saludo


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