SIEP INFORMA: SENTENCIAS JUDICIALES


Los tribunales de justicia siguen estimando las demandas presentadas por SIEP en defensa de los derechos de los funcionarios.

                Adjuntamos a este comunicado dos sentencias desestimatorias a los recursos presentados por la Administración ante el TSJC en relación a los concursos de méritos PRE 5/2024 y PRE 22/2024, así como dos autos del Tribunal Supremo igualmente desestimando el recurso presentado por el Gobierno de Cantabria.

                Como todos podéis comprobar todas las sentencias son estimatorias a nuestros derechos, la Administración desoye los autos judiciales y recurre uno tras otro a sabiendas de que van a ser desestimados, todo para ganar tiempo y mantener sus pretensiones, vulnerando los derechos más elementales que todo funcionario tiene a lo largo de su vida administrativa, así está tratando este gobierno a su personal.

                Como podéis comprobar no hay negociación, no se escucha, se convoca a los ámbitos de negociación como un mero cumplimiento de la Ley, vaciado de contenido real, así podemos comprobarlo una vez más, con la nueva orden de comisiones de servicio, que lejos de mejorar la mala utilización de dicha figura por parte de la administración, aún es más restrictiva para los funcionarios.

                Se sigue ignorando la implantación del concurso abierto y permanente, no hay voluntad de cumplir lo negociado y acordado desde el año 2016. Se establecen fechas para la convocatoria de comisiones de servicio, lo que demuestra la intencionalidad de seguir utilizando esta figura excepcional como sistema de cobertura inicial de los puestos de trabajo.

Igualmente nos manifestamos en contra de la figura de la comisión de servicio excepcional, figura utilizada como una libre designación encubierta y sin amparo legal alguno.

                El Gobierno de Cantabria también ha recurrido la sentencia 103/2026 de comisiones de servicio excepcionales, una vez más para ganar tiempo y no cumplir las mismas (se acompaña sentencia)

                Sentencia 57/2025, igualmente ganada en relación con las comisiones de servicio,  justificando la Administración no existir obligación de incluir todos los puestos vacantes, ocupados en CS,  en procesos de provisión por concurso de méritos, teniendo su repercusión al ser incluidos en el concurso de méritos 2025/01, al menos aquí si respetaron la sentencia judicial, aunque han seguido sin incluir al menos tres puestos de trabajo.

                Este es el resumen de cómo está gestionando los recursos humanos la Consejera de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa, como máxima responsable de la Función Pública, utilizando la figura de potestad organizativa de forma arbitraria y caprichosa  al margen  de la legalidad como se ha venido reconociendo en todas las sentencias.

                Seguiremos informando.


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