SENTENCIA QUE RESUELVE EL RECURSO DE PLAZAS OFERTADAS A TOMA DE POSESIÓN DE NUEVO INGRESO RECONOCIENDO LA LEGALIDAD DE LAS PLAZAS OFERTADAS


 

SIEP INFORMA

PRIMERA SENTENCIA QUE RESUELVE RECURSO DE PLAZAS OFERTADAS A TOMA DE POSESIÓN DE NUEVO INGRESO.

Ante las llamadas que estamos recibiendo y la inquietud de todos aquellos compañeros que han visto recurrida la relación de puestos de su toma de posesión, vamos a hacer un extracto de la sentencia que os dejamos en el enlace.

 

SENTENCIA DESESTIMATORIA QUE RESUELVE EL RECURSO DE PLAZAS OFERTADAS A TOMA DE POSESIÓN DE NUEVO INGRESO (1)

La sentencia pone de manifiesto las siguientes cuestiones:

  • Los procesos selectivos y las ofertas de empleo público de 2017, 2018 y 2019 son previas a la entrada en vigor de la Ley 20/21 de 31 de diciembre de 2021.
  • La Ley 20/21 en todo momento habla de la inclusión de plazas, nunca de puestos de trabajo.
  • Los puestos de trabajo son un instrumento de ordenación y por lo tanto de cómputo a efectos de determinar las plazas a convocar, en ningún caso los puestos a ocupar.
  • Dicha Ley también determina que deberán integrar los procesos de estabilización las plazas(que no los puestos) que no hubieran sido convocadas (el recurso afecta a plazas convocadas OPE 2017  2018, 2019).
  • Otra de las cuestiones rechazadas en la sentencia es la pretensión de que la Ley 20/2021 afecte a procesos iniciados bajo la vigencia de otras normas. La nueva Ley no se puede aplicar con carácter retroactivo, los procedimiento iniciados antes de su entrada en vigor se regirán por la normativa vigente en ese momento.
  • La sentencia también argumenta que la Ley 20/2021 está dirigida a poner fin al problema de la falta de estabilidad del empleo, pero no a dar una solución individualizada a las personas que ocupan aquellos puestos que dan origen a determinar cuantas plazas se pueden convocar de cada categoría profesional.
  • El juez también dice que la Directiva 1999/70/CE y doctrina deL TJUE tan manejada en el tema de estabilización, no es una norma dirigida a resolver la situación individual del trabajador que pueda experimentar un abuso en la contratación temporal que lo que sí es una realidad es que el Gobierno Español ha tardado en abordar el problema de la falta de estabilidad en el empleo público, si bien en las leyes de presupuestos de los años 2017,2018, 2019 iniciaron la vía de regular dicha precariedad permitiendo la convocatoria de un número de plazas por encima de la reposición de efectivos.

Esperamos poder haber aclarado todas vuestras dudas en relación a los procesos recurridos de plazas ofertadas a toma de posesión como empleados públicos de nuevo ingreso.

Desde SIEP siempre hemos trabajado para consolidar empleo, que la precariedad en el mismo fuera minorando. Bajo este criterio negociamos las OPES DE ESTABILIZACIÓN Y DE REPOSICIÓN, uniéndolas en un único proceso para que el número de plazas fuera el máximo posible y se pudiera resolver mediante la figura de concurso-oposición, teniendo siempre como premisa la seguridad jurídica de los procesos en beneficio de todos los compañeros que os veis inmersos en los mismos.

Seguiremos informando a medida que se vayan resolviendo los procesos, para cualquier aclaración estamos a vuestra disposición vía correo electrónico, telefónicamente o de forma presencial.

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