FUNCIONARIOS: MESA TÉCNICA COMISIONES DE SERVICIO 13/11/2025


Ayer 13 de noviembre fuimos convocados a la Comisión Técnica de Comisiones de Servicio. Tras varias peticiones tanto de la Junta de Personal como nuestras, de SIEP hemos recibido los listados actualizados con fecha 11 de noviembre cosa que no sucedía desde febrero, cuando en años anteriores la información se trasladaba con carácter trimestral a efectos de tener un control real de las comisiones de servicio y no tener que basarnos ni en la rumorología ni en la información que se traslada desde los propios funcionarios. Hemos podido comprobar que actualmente hay 666 comisiones de servicio activas de las cuales 45 de ellas corresponden a comisiones de servicio excepcionales, y de éstas 12 de ellas han sido posteriores a la última convocatoria publicada en el PAS con fecha 29/07/2025 y cuya baremación es del pasado 23 de octubre.

Sin entrar en más datos numéricos seguimos poniendo encima de la mesa que esta forma de provisión se está utilizando de manera abusiva y desvirtuada, utilizando las comisiones de servicio como una libre designación para la cobertura de los puestos de trabajo, sin respetar los preceptos que vienen recogidos en la propia orden.

Situaciones derivadas del uso de las comisiones de servicio extraordinarias:

  • Comisiones de servicio extraordinarias que cuando salen a ordinaria el funcionario que la desempeña no acredita el mérito de la plaza.
  • Puestos de trabajo que han salido a comisión y que declaradas desiertas son cubiertas por funcionarios que han sido excluidos del proceso por no acreditar el mérito.

Otra cuestión que se suma es la arbitrariedad a la hora de formalizar las comisiones baremadas cuando los funcionarios no son autorizados por sus Secretarías Generales, la administración habla de una “expectativa de derecho”, cuando las sentencias hablan de “hacer valer sus derechos”. Por esto entendemos que los fundamentos para no “dejar salir” de su puesto hacia otro en comisión de servicio deben estar debidamente motivados para evitar discriminaciones e injusticias. Lo que no puede ser es que ciertas consejerías nieguen la posibilidad de acceder a puestos a funcionarios con el argumento de que su trabajo es imprescindible.

Con respecto a la falta de autorización para salir del puesto de origen, se manifiesta por la Directora de Función Pública que son las secretarías generales quienes formulan las solicitudes de petición del funcionario de acuerdo a las baremaciones, lo cual supone que sí la primera persona adjudicataria no tiene informe favorable de su consejería de procedencia, pasan a la segunda.

La Administración ha expuesto que no siempre les resulta posible la reordenación de las baremaciones, ya que se ha dado la situación de que ante una incorporación de titular s un puesto convocado la necesidad desaparece y nos dicen que cuando es posible la retiran pero que cuando el proceso ha sido finalizado y publicado no lo pueden hacer porque tendría un importante efecto dominó.

A pesar de que la Directora en la Comisión Técnica celebrada el 02/08/2024 declaró que “con 4 convocatorias al año se facilita la movilidad al funcionario y se cubren las necesidades de la Administración”, esto no se ha cumplido, cosa que justifica en su imposibilidad de abarcar todos los procesos selectivos. Como vemos se dicen unas cosas y se hacen otras, lo que si es cierto y no cabe duda es que la orden se incumple de forma sistemática con las designaciones a dedo que luego pretenden legalizar a través del proceso ordinario incumpliendo el plazo de la orden para sacarlas al proceso ordinario.

Función pública no admite que haya una denegación sistemática de las comisiones de servicio argumentando que de ser así no podría haber 666 comisiones de servicio activas, y alega ante los informes desfavorables que hay servicios que nos es posible dejarlos un tiempo incierto sin cubrir, y que en ocasiones queda condicionada a la cobertura del puesto de origen de manera que se dilata pero que en un principio no se puede informar favorable.

Otra cuestión sobre la que hemos tratado de recabar explicación es sobre la cobertura de puestos que han quedado desiertos y aquí se alude a la potestad sobre la consejería correspondiente de volver a convocar en su caso, con mérito o no, y determinar si una persona que venía desempeñando el puesto (en comisión extraordinaria) continúa o no…

Sobre sí las comisiones de servicio de carácter excepcional han de cumplir exactamente los mismos requisitos que regula la orden para las ordinarias, la respuesta de Función Pública, es clara, y concisa, sí.

A la pregunta de cuándo se va a publicar la nueva convocatoria ordinaria de comisiones de servicio la Administración ha planteado una negociación para la modificación de la Orden actual con lo que queda claro que no va a haber una inminente publicación a pesar de seguir dándose alegremente comisiones de servicio extraordinarias.

Desde SIEP hemos vuelto a insistir y no nos cansaremos de hacerlo en que la forma de cubrir los puestos debe de ser el CONCURSO ABIERTO Y PERMANENTE, y para que ello sea posible solicitamos que se convoque la Comisión de Técnica de Fichas de puestos CON URGENCIA, ya que es el catálogo de funciones y la armonización de las fichas lo que agilizaría la resolución de los concursos de méritos.

Seguiremos informando.

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