SIEP INFORMA: NUEVAS SENTENCIAS ESTIMATORIAS FUNCIONARIOS
Estimados compañeros:
Dos nuevas sentencias se han dictado y dado la razón a SIEP, obligando a la Administración a incluir los puestos de trabajo recogidos en la demanda en concurso de méritos.
Para ponernos en situación deciros que en el año 2024 se convocaron 7 concursos de méritos con un total de 67 puestos de trabajo.
En ese mismo año se publicaron 3 convocatorias de comisiones de servicio con un total de 419 puestos de trabajo.
La lucha contra la perversa utilización de las comisiones de servicio es muy antigua y esta organización ha presentado varias demandas al respecto. La primera regulación de las comisiones de servicio se produjo en el año 2015, tras la suspensión de un proceso juridicial cuya vista se debía celebrar en octubre de 2015 y el Gobierno consideró que no podía permitirse la sentencia que de dicho proceso se podría dictar y se llegó al primer acuerdo de regulación de las comisiones de servicio, siendo pioneros en esta Comunidad Autónoma.
Acuerdo publicado BOC extraordinaria 92 de fecha 20/11/2015, con una comisión de seguimiento que dio sus resultados y se paralizaron pretensiones que vulneraban derechos constitucionales como el de igualdad, mérito y capacidad porque se pretendía cumplir únicamente el de publicidad.
Nuestros gobernantes no estaban cómodos y decidieron denunciar el acuerdo e implantar la Orden PRE 49/2021, publicada en el BOC extraordinario 48 del 17 de junio, creando también una comisión de seguimiento que no se constituyó hasta el año 2024 tras conflictos y visos de judicialización, para hacerla ineficaz porque no se convoca. La negociación y la transparencia no existe en esta legislatura.
Esta situación preocupó a esta organización, valorando la situación y tomando su ejecutiva acuerdos difíciles, con una única pretensión, que los funcionarios pudieran tener una carrera profesional sólida, que las estructuras fueran cubiertas con estabilidad y que se respetasen los principios de igualdad, mérito y capacidad, iniciamos la vía judicial, decisión que ha molestado considerablemente a nuestros gobernantes. La Justicia nos ha dado la razón una y otra vez, el Gobierno recurre en casación cuando parte de ellas están basadas en sentencias casacionales, con una única intención, incumplimiento de las sentencias y huida hacia adelante.
En el Juzgado defienden y tratan de justificar la no inclusión de los puestos de trabajo para evitar procedimientos de concurrencia masiva, indicando que las decisiones se ajustan a necesidades de la organización y conveniencia, enmarcando todo ello dentro de la potestad organizativa, sin ningún tipo de motivación ni justificación ni en la mesa sectorial, ni en los expedientes administrativos, ni en la propia vista.
Para mostrar su fuerza han tomado dos decisiones, en contra de sus propios argumentos de defensa ante los tribunales como se pueden leer en la propia sentencia que acompañamos.
- Sacar un único concurso de méritos con plazas de todos los grupos profesionales, sin negociar y desoyendo las propuestas sindicales y de la Junta de Personal.
- Utilizando la Orden PRE49/2021 que regula las CS de forma interesada e ilegal. No publicando convocatorias de CS, utilizando la figura recogida en el punto 2 apartado 5 de la Orden “excepcionalmente” para dar CS, sin publicidad, no respetando el plazo de tres meses para convocar la cobertura de las mismas, renovando dichas comisiones, quebrando así el principio de publicidad, igualdad, mérito y capacidad y la propia norma, no incluyendo todas las plazas en la única convocatoria de CS publicada en el 2025, que también nos hemos visto obligados a recurrir.
A esto debemos añadir que también se niega la documentación e información que por Ley nos corresponde, lo que pudiera dar origen a nuevas demandas judiciales en próximas fechas.
Estos son los principios de transparencia, negociación y gestión que actualmente ejercen los representantes de la Función Pública y que todos los empleados públicos y sus representantes estamos soportando.
Desde SIEP mantenemos la esperanza de que en algún momento la Consejera de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa, valore la situación, analice las sentencias judiciales, las decisiones que se han adoptado al margen de la legalidad, sancionadas judicialmente y retome la negociación, el entendimiento y el respeto de los derechos constitucionales de los empleados públicos y sus representantes.
A SIEP sólo le mueve un interés, el respeto de los derechos de los empleados público y el cumplimiento de las normas que los regulan, es decir cumplimiento de la legalidad durante toda la vida administrativa de los empleados públicos, sin excepciones, representación que ejercemos desde la independencia que nos caracteriza y que demostramos con hechos, al margen de populismo.
Os adjuntamos las sentencias por si las queréis analizar.
Sentencia 117/2025 Orden PRE 5/2024, Sentencia 119/2025 Orden PRE/22/2024

